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Ultraactividad de los convenios

La reforma laboral ha recuperado la ultraactividad de los convenios colectivos, que se había limitado desde 2012. Ahora bien, ¿es aplicable este 2022?

Vigencia. Los convenios tienen la vigencia que establezcan las partes; incluso pueden pactarse distintos períodos de vigencia para cada materia (por ejemplo, puede establecerse un salario base distinto para cada año de vigencia del convenio):

  • Una vez finalizada su vigencia, el convenio se prorroga según lo establecido en su propio articulado o, en defecto de previsión, por períodos anuales y hasta que una de las dos partes lo denuncie.
  • Transcurrido un año desde la denuncia sin que se haya alcanzado un acuerdo para la suscripción de un nuevo convenio colectivo, la vigencia del convenio se mantiene de forma indefinida.
Con anterioridad a 31-12-2021 si no se alcanzaba un acuerdo una vez transcurrido un año desde la denuncia, decaía la vigencia del convenio, debiéndose recurrir al convenio de ámbito superior hasta la publicación de uno nuevo. En este contexto, los tribunales aplicaron la teoría de la “contractualización” (TS 22-12-14), según la cual:
  • Cuando no existía convenio superior, se seguían aplicando las condiciones del convenio que perdía su vigencia, salvo respecto a trabajadores contratados con posterioridad.
  • Se aplicaba parcialmente el convenio que perdía vigencia respecto a materias no reguladas en el convenio superior (TS 23-09-15).
Período transitorio. Las nuevas reglas de ultraactividad entraron en vigor el día 31-12-2021 (RDL 32/2021 disp.adic.8ª) . Pero existe un período transitorio [RDL 32/2021 disp.adic.7ª) respecto a los convenios ya denunciados a dicha fecha:
  • Los convenios denunciados antes del 1-1-2021 ya perdieron su vigencia antes de la entrada en vigor de la nueva norma. Por tanto, en 2022 no seguirán vigentes, con las consecuencias previstas en la normativa derogada.
  • Los denunciados entre el 1-1-2021 y 30-12-2021 de enero y el 30 de diciembre de 2021 siguieron vigentes en 2021 según la normativa anterior (mantenían su vigencia durante un año), y desde 31-12-2021 mantienen indefinidamente su vigencia (a pesar de que deberían haber decaído en algún momento del año 2022), ya que a esa fecha no había transcurrido un año desde su denuncia.
  • A los convenios denunciados a partir de 31-12-2021 se les aplica la nueva norma, y rige la ultraactividad en todo caso

Fuente: Ed F Lefebvre

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