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Inversiones de Pymes Industriales de la Comunitat Valenciana

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Objeto de la ayuda

Convocatoria para el ejercicio 2022, ayudas en régimen de concurrencia competitiva, para apoyar la realización de proyectos de inversión que supongan la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunitat Valenciana vinculadas a los SECTORES de: – AUTOMOCIÓN ESPACIAL Y AERONÁUTICA, – BIOTECNOLOGÍA, – PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL, – PRODUCCIÓN DE VIDEOJUEGOS, – ANIMACIÓN Y REALIDAD AUMENTADA Y VIRTUAL, – INDUSTRIA DEL CUERO Y DEL CALZADO, – CERÁMICA, – VIDRIO Y MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN NO METÁLICOS, – FABRICACIÓN DE ENVASES Y EMBALAJES, – JUGUETE, – FABRICACIÓN DE MADERA, – MUEBLES Y APARATOS DE ILUMINACIÓN, – MÁRMOL, – PIEDRA NATURAL Y ÁRIDOS, – METAL-MECÁNICO, – PAPEL Y ARTES GRÁFICAS, – PLÁSTICO, – INDUSTRIA QUÍMICA, – TEXTIL, – VALORIZACIÓN DE MATERIALES de la Comunitat Valenciana.

Beneficiarias

Pequeñas y medianas empresas privadas, que desarrollen o vayan a desarrollar en la Comunitat Valenciana una actividad industrial productiva vinculada directamente a los sectores industriales objeto de esta convocatoria.

Plazo de presentación de solicitudes

Del 11 de enero al 4 de marzo de 2022

Cuantía de la ayuda

Subvención del 35 % del total de los gastos considerados como subvencionables

Ayuda sujeta a MINIMIS importe máximo por empresa 200.000 €

Actuaciones subvencionables

Serán subvencionables los proyectos de inversión que supongan la mejora de la competitividad industrial de las pymes de la Comunitat Valenciana, mediante la creación de un nuevo establecimiento industrial, la ampliación, mejora o modernización de un establecimiento existente, así como la diversificación de la producción o cambios esenciales en los procesos productivos existentes en un establecimiento, a excepción de la implantación de equipos de eficiencia energética o sistemas de recuperación o gestión energética.

El presupuesto mínimo subvencionable del proyecto de inversión industrial será de 20.000 €, IVA excluido, excepto en sectores de la biotecnología, la producción audiovisual y la producción de videojuegos, animación, realidad aumentada y virtual, que será de 10.000 €, IVA excluido.

La puesta en funcionamiento de los activos subvencionados deberá producirse entre el 1 de enero de 2022 y la fecha de justificación de la subvención, 2 de noviembre de 2022

Gastos subvencionables

Costes externos de adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, a condición de que sean necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción.

Los costes de mejoras en maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales preexistentes en el inventario de la empresa, siempre que estén vinculados a la producción industrial, y consistan en cambios de componentes esenciales que supongan un avance sustancial en la eficiencia energética de la misma, en sus capacidades productivas, en la seguridad industrial de la empresa o en la seguridad laboral de las personas trabajadoras que las utilizan. No serán subvencionables los costes de meras reparaciones y acciones de mantenimiento de maquinaria y/o de parte de sus componentes o elementos auxiliares de producción.

Costes externos de adquisición, diseño a medida, implantación o puesta en funcionamiento de activos inmateriales, como patentes, marcas, modelos de utilidad y licencias de fabricación, diseños industriales o de producto, así como el software, las aplicaciones o los desarrollos e innovaciones industriales realizadas por terceros para la empresa beneficiaria, siempre que estén vinculados directamente a la producción industrial.

Los costes imprescindibles para el registro, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos, generados por la empresa beneficiaria.

Los costes externos incurridos para obtener la certificación u otras formas de homologación o normalización de productos.

Costes de contratación externa de ingeniería industrial siempre que sean claramente necesarios para la ejecución del proyecto de inversión.

Gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención, hasta un máximo de seiscientos euros

 

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