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Ayudas hasta de 40.000€ para los comercios de la Comunidad Valenciana

Se considerarán susceptibles de recibir apoyo las inversiones en equipamiento, obras e instalaciones para el establecimiento comercial, incluyendo las aplicaciones informáticas y gastos derivados de la creación de una página web vinculada al establecimiento, destinada a la implantación de la venta en línea o la integración en una plataforma en línea de comercio electrónico, a los establecimientos situados o que se implantarán en la Comunitat Valenciana.

Estas inversiones se pueden destinar a equipamiento para la exposición, el almacenamiento y venta del producto, la señalización e identificación del establecimiento, sistemas de seguridad, accesibilidad, ahorro energético, tratamiento de residuos, etc.

Solo se subvencionarán las obras realizadas en la zona de venta del establecimiento.

La inversión aprobada no podrá ser inferior a 3.000 euros y la ayuda podrá alcanzar el 75 % de la inversión, con el límite de 40.000 euros por establecimiento, y en un periodo de tres años.

AVALEM COMERÇ ACTIVIDADES

– CNAE (Real decreto 475/2007, de 13 de abril, CNAE-2009): sección

G, división 47, excepto los grupos y las clases 4726, 473, 4773,478 y 479.

– IAE (Real Decreto ley 1175/1990, de 28 de septiembre): sección primera, división 6, agrupaciones:

– Agrupación 64, excepto el grupo 646 y el epígrafe 647.5.

– Agrupación 65, excepto el epígrafe 652.1 y los grupos 654 y 655.

Plazo de presentación de las solicitudes

El plazo para la presentación de solicitudes será desde el día 23 de junio hasta el día 8 de julio de 2022, ambos inclusive.

Se considerarán susceptibles de recibir apoyo las actuaciones realizadas desde el 1 de enero de 2022 hasta el día 31 de octubre de 2022, salvo que por circunstancias concurrentes se fije un plazo diferente en la resolución de concesión.

La justificación de las ayudas la realizarán las personas beneficiarias hasta el día 9 de noviembre de 2022

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