Día 12 de mayo, se ha publicado en el BOE Real Decreto ley 18/2020, de 12 de mayo, de medidas sociales en defensa del empleo.
Día 3 de mayo, hora 16:43 se han publicado en el BOE varias órdenes ministeriales para comenzar a iniciar la primera de las 4 fases previstas de la desescalada. Recordamos que toda el Estado excepto las provincias de Formentera, Gomera, Hierro y La Graciosa, están en la fase «0.
Pasamos a
detallaros la orden SND/388/2020 donde están las siguientes medidas:
COMERCIO AL DETALLE, ASIMILADOS, PELUQUERÍAS, estéticas,
SERVICIOS DE REPARACIÓN (que habían visto suspendida su actividad hasta ahora
..).
¿Qué debo
garantizar si tengo un negocio que hasta ahora tenía la actividad suspendida y
mañana quiero abrir?
1 – Sistema de
cita previa que garantice que hay un solo cliente para cada trabajador,
sin que se puedan habilitar zonas de sala de espera en el interior.
2- Atención
individualizada al cliente con una separación de dos metros y si no fuera
posible, con instalación de mostradores o mamparas.
3 –
Establecimiento de un horario preferente a mayores de 65 años, que deben
coincidir con las franjas horarias de paseos establecidas.
Aquellos comercios
que estén ubicados en centros comerciales o galerías que no tengan una entrada
independiente, así como aquellos que dispongan de un local que exceda los 400 metros, quedan fuera del
objeto de aplicación de estas medidas y no podrán reactivar su actividad.
Asimismo, la
movilidad de los clientes que puedan acudir a estos comercios que se reactivan,
deberán hacerlo dentro del mismo municipio, salvo que no existan y tengan que
desplazarse a otro limítrofe.
¿Qué medidas de
higiene deberé aplicar?
En primer lugar,
aconsejamos que contacte con su entidad de riesgos laborales, ya que ellos le
explicarán y le ayudarán con todos los protocolos a seguir.
Los
establecimientos que abran al público realizarán (entre otras):
- 2
limpiezas y desinfecciones diarias; una de ellas obligatoria al finalizar el
día.
- Utilización
de desinfectantes tipo lejía (1:50) o cualquier otro aprobado por el Ministerio
de Sanidad y de uso habitual.
- Después
de cada limpieza, los materiales utilizados así como los equipos de protección
individual (EPIs) deberán destruirse de forma segura, y proceder al lavado de
manos.
- Realización
de limpieza y desinfección de los puestos de trabajo cada cambio de turno, con
especial atención a mostradores, mamparas, teclados, terminales de pago, etc.
- Papeleras,
soluciones hidroalcohólicas para desinfección de manos, mascarillas, etc ..
¿Cuáles son las
medidas de protección para el PERSONAL que presta servicios al establecimiento
que abre al público?
- No
podrán trabajar aquellos que estuvieran con aislamiento domiciliario por
diagnóstico de Covidi-19 o que tengan síntomas o bien que, aunque
asintomáticos, hayan podido estar en contacto con alguien que estuviera
contagiado.
- Cumplir
con las medidas de prevención de riesgos laborales: geles, uso de
mascarillas obligatorio si no se puede mantener la distancia de seguridad de 2
metros entre trabajador y cliente, o entre los propios trabajadores.
- Cumplir
con las medidas, no sólo en el local de atención al público, sino también en la
zona de vestuarios, taquillas, etc.
¿Cuáles son las
medidas de protección para los CLIENTES que presta servicios al establecimiento
que abre al público?
- El
tiempo de permanencia en el establecimiento, será estrictamente el necesario.
- En
establecimientos que se pueda atender a más de un cliente de forma
personalizada, se deberá señalar la distancia de seguridad interpersonal de 2
metros entre clientes, con marcas en el suelo o mediante cartelería o
señalizaciones.
- En
caso de probadores en el sector textil, sólo podrán utilizarse para una persona
y después de su uso, deberán ser desinfectados.
HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN
¿Cuáles son las
medidas para reactivar la actividad en locales de hostelería y restauración?
- Posibilidad de que los clientes recojan en los establecimientos, quedando
prohibido su consumo en el interior. El servicio a domicilio ya estaba
permitido.
- Para
recoger en el local deberá haber un espacio habilitado y señalizado para la
recogida de los pedidos, donde se hará el intercambio y el pago. En todo caso,
siempre respetando los 2 metros de distancia con la instalación de mostradores
o mamparas.
- Los
pedidos deberán realizarse por teléfono, app o por internet, debiendo fijar un
horario de recogida evitando aglomeraciones en los aledaños del local.
¿Cuáles son las
medidas de protección para el PERSONAL que presta servicios al establecimiento
de hostelería o restauración?
- No
podrán trabajar aquellos que estuvieran con aislamiento domiciliario por
diagnóstico de Covid-19 o que tengan síntomas o bien que, aunque asintomáticos,
hayan podido estar en contacto con alguien que estuviera contagiado.
- Cumplir
con las medidas de prevención de riesgos: geles, uso de mascarillas obligatorio
si no se puede mantener la distancia de seguridad de 2 metros entre trabajador
y cliente, o entre los propios trabajadores.
- Cumplir
con las medidas, no sólo en el local de atención al público, sino también en la
zona de vestuarios, taquillas, etc.
¿Cuáles son las
medidas a tener en cuenta para clientes y aforos permitidos?
- En
la entrada del establecimiento: geles y soluciones hidroalcohólicas en
perfectas condiciones de uso.
- A la
salida del establecimiento: papeleras con tapa de accionamiento no manual,
dotadas con una bolsa de basura.
- Tiempo
de permanencia en el local, el estrictamente necesario.
- En
establecimientos que se pueda atender a más de un cliente de forma
personalizada, se deberá señalar la distancia de seguridad interpersonal de 2
metros entre clientes, con marcas en el suelo o mediante cartelera o
señalizaciones.
Aconsejamos la lectura del BOE que os adjuntamos en este correo, y especialmente que contactes con tu entidad de riesgos laborales para establecer todos los protocolos necesarios. Si no recuerdas quién es tu empres de riesgos laborales contratada, por favor, pon un correo laboral@joares.com.
Más
allá de la posibilidad de reactivar tu negocio, rogamos que te pongas en
contacto con nosotros si tuvieras trabajadores afectados por un ERTE, o bien
para plantear cualquier consulta relacionada con los aspectos económicos directamente
relacionados con la reapertura del negoio.