El Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social ha creado el Observatorio para la lucha contra el fraude a la Seguridad Social, un organismo con el que pretenden vigilar la afiliación, la cotización y la recaudación de los cotizantes para “garantizar la sostenibilidad del sistema”.
Para poder luchar contra el fraude el Observatorio coordinará las actuaciones de distintos organismos públicos e instituciones implicados en la labor, estará compuesto por un Pleno nivel nacional, que se reunirá un mínimo de dos veces al año, y Comisiones Provinciales.
LOS OCHO OBJETIVOS QUE PERSIGUE TRABAJO CON OBSERVATORIO
- Impulsar acciones y mecanismos que mejoren la prevención, detección y corrección del fraude en la Seguridad Social.
- Promover la realización de estudios y análisis de datos en el ámbito de la afiliación, cotización y recaudación para identificar posibles conductas irregulares, con especial atención a las que tengan repercusión en la percepción de beneficios y prestaciones.
- Promover acciones y medidas dirigidas a la prevención del fraude a la Seguridad Social derivadas de los estudios de comportamiento y análisis de los datos disponibles.
- Proponer actuaciones de control e inspectoras específicas, así como acciones a incorporar en los planes de objetivos conjuntos entre la Tesorería General de la Seguridad Social y la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
- Realizar el seguimiento de las acciones emprendidas, de los resultados que se obtengan y de los recursos invertidos.
- Divulgar el resultado de las actuaciones realizadas, así como sensibilizar sobre la necesidad de cumplir con las obligaciones frente a la Seguridad Social.
- Potenciar la elaboración de iniciativas y propuestas de modificación normativa para la prevención del fraude.
- Elaborar un informe anual en el que se recoja la valoración-evaluación de la situación del fraude a la Seguridad Social, procediendo a su divulgación.
El Ministerio tiene previsto que el Observatorio para la lucha del fraude en Seguridad Social empiece a trabajar en septiembre, dado que la norma da un plazo no superior a tres meses para constituir las Comisiones Provinciales.