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12 Claves para reducir tu factura fiscal

¿Quieres recuperar el IRPF  en tu próxima declaración de la renta?

Aquí te dejamos las 12 claves para reducir tu factura fiscal.

1. Situación personal

Los hijos o la hipoteca son factores que desgravan, por lo que hay que notificar siempre a Recursos Humanos si se ha tenido un hijo o se ha contratado una hipoteca, porque eso resta en los porcentajes de retención del IRPF que se aplican a la nómina. En el caso de los hijos: las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años tendrán una reducción de 1.200€ anuales en la declaración de la renta, reducción que pueden solicitar de forma anticipada y cobrarla mes a mes. Los nietos también pueden desgravar, en el caso de que vivan con el contribuyente, si dependen de sus ingresos y siempre que la deducción no se le haya aplicado ya el padre. Si se tienen padres de más de 65 años, cuyos ingresos son inferiores a los 8.000€ anuales, conviven con el contribuyente y dependen de él, también desgrava (deducción independiente del propietario de la vivienda en la que se reside).

2. Alquiler de vivienda

Si tienes una vivienda en alquiler, recuerda que existe una reducción del 60% del rendimiento neto si el inmueble se destina a vivienda habitual. También vivir en alquiler deduce. Se puede deducir el 10,5%, aunque hay límites dependiendo de lo que se ingrese.

3. Declaración conjunta

Familias monoparentales: En las declaraciones conjuntas de familias monoparentales (conjunta con los hijos) habrá una reducción de 2.150€ en la base imponible.

Parejas: Las parejas pueden optar por la declaración conjunta,y tendrán una reducción en la base imponible de 3.400€. La declaración conjunta conviene cuando uno de los dos gana muy poco o nada.

4. Deducción por vivienda

Solo para los que compraron antes de 2013 Recuerda que si has adquirido una vivienda antes del 31/12/2012 puedes deducirte hasta el 15% de las cantidades destinadas al pago del inmueble durante el año, siempre que sea su residencia habitual, con el límite de 9.040€. Esta desgravación también afecta a quienes realizaron algún pago para su construcción o hayan invertido para ampliar la superficie habitable de la vivienda antes de enero de 2013.

5. Venta de inmuebles

A partir de 2015, los coeficientes de abatimiento aplicables en las ventas de inmuebles y otros elementos quedan limitados a las plusvalías generadas por los primeros 400.000€ de valor de transmisión. A partir de ese importe ya no se podrán aplicar y se tributará igual que una ganancia posterior a 1994. Por lo que puede salir más provechoso aplicar los coeficientes a los bienes más antiguos y beneficiosos. Otro detalle a tener en cuenta es que, a partir de los 65 años la ganancia obtenida por la venta de la vivienda habitual no tributa ya que está exenta.

6. Movilidad geográfica

Si después de estar en el paro te vas a trabajar ‘fuera de casa’ y se tiene que dejar la vivienda habitual para ir a otro sitio, se puede aplicar un gasto deducible de 2.000€. Esta reducción se aplica si se marcha a más de 50km del domicilio y es a otro municipio. De cumplirse esos condicionantes, este incremento de gasto se disfruta durante los 2 primeros años fuera de casa. IRPF 2016 12 claves para el mejor resultado fiscal

7. Aportaciones a planes de pensiones

Si tienes aportaciones a planes de pensiones recuerda que ayudan a rebajar la factura fiscal hasta un máximo de 8.000€, teniendo como límite el 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de los rendimientos netos de actividades económicas. Además, se amplía la deducción que se aplica sobre la base imponible por las aportaciones a planes de pensiones realizadas por el cónyuge del contribuyente cuando perciba un rendimiento de trabajo inferior a 8.000€ al año, siendo el tope de la aportación de 2.500€.

8. Dividendos y acciones en el extranjero

El dinero obtenido de los dividendos se integrará en las rentas del ahorro como rendimiento del capital mobiliario. Acciones en el extranjero La tributación de la venta de acciones de compañías extranjeras es la misma que las españolas, solo que habrá que pagar más en concepto de comisiones. La doble imposición En el caso de los dividendos existe lo que se denomina una doble imposición, ya que tanto la Hacienda española como la del país en el que coticen las acciones aplicarán la retención de IRPF que corresponda. Dinero que se podrá recuperar, o al menos, parte del mismo al hacer la declaración de la renta.

9. Donaciones

Si has hecho un donativo a entidades sin ánimo de lucro o actividades culturales sin fines comerciales tendrás una deducción del 30% en el IRPF. Además, con la Ley de Mecenazgo aparece una mejora relacionada con el crowdfunding (microfinanciación colectiva) para actividades sin ánimo de lucro. Hacienda establecerá una deducción del 75% en el IRPF para los donativos de hasta 150€. Sobre la cantidad que supere los 150€ se aplicará la desgravación general del 30%, que se ampliaría al 35% si en los 2 años anteriores se hubieran realizado donativos con derecho a deducción en favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.

10. Ahorro

Otro de los cambios introducidos con la reforma fiscal consistió en crear incentivos fiscales que promoviesen el ahorro. Entre estos mecanismos destacaban los planes ahorro 5, básicamente un plan de ahorro cuyos rendimientos están exentos del IRPF hasta un límite de 5.000€ anuales siempre y cuando se mantengan durante un plazo de 5 años.

11. Incentivos para los emprendedores

Si inviertes en empresas de nueva o reciente creación, hay una deducción del 20% en la cuota del IRPF de la inversión realizada al suscribir las acciones o participaciones de la sociedad, con base máxima de deducción de 50.000€ anuales, limitada a una participación junto con su cónyuge y familiares, hasta el segundo grado incluido. Esta deducción nunca deberá superar el 40% del capital de la entidad, cuyos fondos propios tampoco podrán superar los 400.000€ al inicio del período de la entidad en que el inversor adquiera las acciones”. Además, tendrán una exención de la plusvalía al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.

12. Autónomos o persona jurídica

Otra de las formas más recomendadas para reducir el IRPF se relaciona con el impuesto de sociedades. Si eres autónomo y tienes una base imponible general del IRPF mayor de 41.400€, deberás plantearte crear una sociedad de forma que factures como persona jurídica para pagar menos impuestos. La sociedad, en este caso, pagaría una nómina de administrador al autónomo. Recuerda que algunas retribuciones están excentas de IRPF, como por ejemplo los seguros sanitarios para el trabajador, su cónyuge y sus hijos, por lo que percibir una parte del salario de esta forma sale rentable.

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