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¿Quién paga si atropellas a un jabalí?

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¿Qué te cubre el seguro en caso de atropello o colisión con un jabalí? o (animal cinegético)? Son animales cuyo objeto es la caza o la pesca.
Si tienes contratada la cobertura de atropello o colisión con animales cinegéticos, te cubre los daños materiales que pueda sufrir el vehículo asegurado a causa de la colisión con el animal.

¿Qué se necesita para que te cubra el seguro los daños en tu vehículo?

1. Que haya colisión directa con el animal.
2. Que haya un atestado de una autoridad policial que determine la colisión con el animal.
3. Una valoración de daños por un perito de la compañía.

¿Qué hay que hacer en caso de atropello o colisión con un animal cinegético?
Es requisito indispensable llamar a una autoridad policial (Policía Local o Guardia Civil) para que se persone en el lugar de los hechos y nos haga un Atestado que detalle y verifique el atropello y la colisión con el animal.
Hay que comunicar a la compañía aseguradora el siniestro para que envíe un perito al taller a hacer una valoración de daños.

Cobertura de daños por impacto contra animales cinegéticos
Esta cobertura puede ofrecerse como optativa o ser incluida como garantía básica en el seguro de tu vehículo, y consiste en cubrirte los daños que pueda sufrir tu vehículo por impacto, colisión o atropello de un animal cinegético, sin necesidad de tener contratada la modalidad de Todo Riesgo.
Algunas compañías amplían la cobertura a los animales de granja o explotación ganadera (caballo, toro, vaca, burro, oveja, cerdo…) y también a animales domésticos como perro o gato, aunque en estos casos, si es posible identificar al propietario de dichos animales, la compañía podrá reclamar contra el mismo y no nos imputará el siniestro a nuestro seguro.
Todas las compañías están de acuerdo en la imposición de un requisito indispensable para poder hacer uso de esta cobertura, y es que siempre debe de existir un Atestado Policial, por lo que pasamos a detallarte qué hacer si tu vehículo choca contra un animal
Aparca el coche, enciende las luces de emergencia, coge tu chaleco y coloca el triángulo de avería, y muy importante, avisa a la Guardia Civil de tráfico para que levante un atestado y se ocupe de llamar a protección animal para curar al animal herido o retirarlo de la vía.
Con el informe policial te pones en contacto con nuestra correduría para gestionar el siniestro, el cual puede tener diversos desenlaces, según su origen:
– Si es un animal doméstico o ganadero, estos suelen estar perfectamente identificados con un chip o una etiqueta, y es fácil encontrar al propietario para reclamarle los daños del vehículo.
– Puedes colisionar con un animal doméstico “no identificado”, por lo que no tendríamos causante al que reclamar, por lo que con esta cobertura tendrías los gastos cubiertos si el Atestado Policial verifica la colisión.
– En caso de atropellar a un animal cinegético, según la Ley de Tráfico que entró en vigor el pasado 9 de Mayo de 2014:
o En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies cinegéticas en las vías públicas será responsable de los daños el conductor del vehículo, sin que pueda reclamarse por el valor de los animales que irrumpan en aquéllas. En este caso pasaríamos también a acogernos a la cobertura contratada.
o Será responsable de los daños, el titular del aprovechamiento cinegético o el dueño del terreno, cuando la colisión sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una especie de caza mayor, producida durante el mismo día o 12 horas antes.
o También podrá ser responsable el titular de la vía pública por no estar bien señalizada o incorrectamente protegida.

Te recomendamos que incluyas esta cobertura en tu seguro de coche en caso de que no tengas contratado la modalidad de Todo Riesgo, ya que esta cobertura ha ganado más importancia con la reforma de la Ley de Tráfico, puesto que ya no existe responsabilidad por parte del coto, a no ser que sea por una acción de caza mayor, y además, no incrementa mucho tu seguro de coche.

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