Medidas de ahorro y eficiencia energética según RD-ley 14/2022
3 octubre, 2022
CALENDARIO LABORAL 2023
7 octubre, 2022
Ver todo

PRESTAMOS CON INTERES FIJO DEL 1.5 % Y HASTA UN 30% NO REEMBOLSABLE PARA PYMES Y AUTÓNOMOS

Beneficiarios: deben cumplir los siguientes requisitos, entre otros:

  • Tener, al menos, un establecimiento, sucursal de producción, o sucursal de desarrollo de actividad radicado en la Comunitat Valenciana.
  • Ser una pequeña o mediana empresa con una antigüedad mínima de dos años y que tenga como mínimo un empleado en la fecha de solicitud, o un trabajador autónomo dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomo (RETA) al menos desde el ejercicio 2020.
  • Operar en alguno de los sectores que se indican en la convocatoria.
  • Estar al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Estado, la Generalitat y la Seguridad Social.
  • Finalidad de los proyectos:
     Ampliación y renovación de las instalaciones, maquinaria y equipos
     Adquisición de participaciones empresariales
     Adquisición o elaboración propia de activos intangibles
     Sostenimiento del capital circulante de la empresa, incluyendo la contratación de mano de obra, la adquisición de bienes y servicios ligados al ciclo de la explotación, la financiación de clientes, la inversión en existencias y tesorería operativa de la empresa, así como la cancelación de la deuda a corto plazo de naturaleza comercial y financiera.

 

Condiciones:

Importes: el valor nominal del préstamo se situará entre 20.000 y 5.000.000 euros, teniendo en cuenta que:

– En operaciones para inversión: el valor del préstamo no podrá superar el 80% de la inversión realizada y se establecen los siguientes límites máximos: 100.000 euros si el solicitante es un autónomo y 500.000 si es una microempresa una comunidad de bienes o una sociedad civil.

– En operaciones para circulante se establecen los siguientes límites: 50.000 euros si el solicitante es un trabajador autónomo y 250.000 euros si es una microempresa, una comunidad de bienes o una sociedad civil, y 1.000.000 si es una pyme.

En operaciones de inversión, plazos de 4 a 10 años (con una carencia de hasta 2 años) y en operaciones de circulante, el plazo de amortización será de entre un mínimo de dos y un máximo de cuatro años, pudiendo la empresa concentrar la devolución del 100% del valor nominal de la operación en la fecha de vencimiento de la operación.

 

Se aplicará un tipo de interés fijo del 1,5%.

Bonificación de hasta el 30% del importe de la operación.

 

 

Compartir:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *