En el informe de la Inspección se señala que el Ayuntamiento carece de plan de igualdad desde el primer semestre de 2019 y que el 74 por ciento de las acciones descritas no se han desarrollado.
Hay que tener en cuenta que, conforme recoge la disp. adic 7ª del RDLeg 5/2015, de 30 de octubre, todas las Administraciones públicas, independientemente de su plantilla, están obligadas a elaborar y aplicar un plan de Igualdad en el convenio colectivo o en el acuerdo de condiciones de trabajo del personal funcionario que sea aplicable. Solo es necesario elaborar un plan, independientemente de que haya personal laboral o funcionarial.
Para ayudar a las diferentes Administraciones a cumplir con la normativa Lefebvre lanza Centinela Igualdad Administración, que incorpora una metodología de trabajo práctica que ayuda a los responsables del Plan de Igualdad desde la fase preparatoria y orienta sobre cómo realizar el diagnóstico sobre la situación en esa localidad concreta y los pasos a dar en el proceso de definición de las medidas a acometer.
Algunas de sus características son:
- Guía para la redacción del Plan de Igualdad y su registro en el REGCON, obligatorio para todos los planes, conforme al RD 901/2020.
- Seguimiento y evaluación continua de las medidas y su adaptación a la normativa.
- Protocolo para evitar acoso sexual o por razón de género, que además se apoya en un Canal de Denuncias general que está integrado en la solución.
La redacción de un Plan de Igualdad está sometida a los cambios normativos que se producen una vez registrado oficialmente, por lo que requiere de una actualización continua.