Si, a partir del 12 de mayo de 2019 y según establece la nueva normativa, todas la empresas deberán realizar el registro de la jornada de toda su plantilla, independientemente del tipo de contrato o puesto.
¿Cómo deben realizar el registro de la jornada?
– El Real Decreto no ha establecido una modelo oficial, lo que si debe incluir es el horario concreto de inicio y fin de cada jornada de trabajo.
¿Durante cuánto tiempo debo conservar el registro horario de los trabajadores de mi empresa?
La empresa debe de conservar los registros durante 4 años.
¿Qué me puede ocurrir si no implanto ningún sistema de fichajes en mi empresa?
El incumplimiento del registro de la jornada está tipificado como infracción grave con multa de 626 a 6.250 euros, en función de la gravedad de los hechos, podría elevarse al doble de este importe por reincidencia.
Necesito ayuda, estamos a tu disposición para buscar la mejor solución para adaptarte a esta nueva normativa .
Puedes llamarnos al 96 112 54 72 y te atenderemos muy gustosamente.
Fuente:(Real Decreto-Ley 8/2019, de 8 de marzo [BOE del 12] de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo )