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27 enero, 2020
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AYUDAS PLAN ESTRATÉGICO DE LA INDUSTRIA VALENCIANA

AYUDAS AL SECTOR CALZADO, CERÁMICO, METAL-MECÁNICO, TEXTIL, JUGUETE, MÁRMOL, MADERA-MUEBLE, E ILUMINACIÓN, QUÍMICO, AUTOMOCIÓN, PLÁSTICO, ENVASES Y EMBALAJE, PAPEL Y ARTES GRÁFICAS, VALORACIÓN DE RESIDUOS, BIOTECNOLOGÍA, PRODUCCIÓN AUDIOVISUAL Y PRODUCCIÓN DE VIDEOJUEGOS, DENTRO DE LA TERCERA FASE DE IMPLANTACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE LA INDUSTRIA VALENCIANA

 

Plazo de presentación: 27 de enero de 2020 al 27 de febrero de 2020

Objetivos: Realización de inversiones sostenibles de carácter industrial que contribuyan al crecimiento y consolidación de pymes vinculadas a los sectores de la Comunidad Valenciana del calzado, cerámico, metal-mecánico, textil, juguete, mármol, madera-mueble, e iluminación, químico, automoción, plástico, envases y embalaje, papel y artes gráficas, valoración de residuos, biotecnología, producción audiovisual y producción de videojuegos.

Gastos subvencionables: Adquisición y/o mejora de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales vinculados directamente con la producción (se excluyen elementos de transporte exterior) siempre que sean necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción.

Adquisición, costes de implantación y puesta en funcionamiento de activos inmateriales vinculados a lo procesos productivos de la empresa, incluyendo los destinados a la modelización automatización y sensorización de los procesos industriales. Así como aplicaciones de gestión logística interna y externa (CRM). También son subvencionables los gastos en registro de marcas, patentes o diseños, así como los de renovación.

 

También son subvencionables las inversiones en adecuación de los bienes inmuebles (naves) cuando se justifique que son imprescindibles para la instalación de los nuevos activos materiales adquiridos.

Entra dentro de la ayuda, los costes de conexión (instalación de cuadros eléctricos, conexiones, etc..)  o adaptación de activos prexistentes para su correcta conexión con los nuevos activos adquiridos.

Son subvencionables los costes de adquisición de activos fijos de segunda mano siempre que concurran los siguientes requisitos:

  1. Declaración de la empresa vendedora sobre el origen de los bienes y que los mismos no han sido objeto de financiación.
  2. Que el precio no sea superior al valor de mercado.
  3. Antigüedad del bien no supere el período máximo de amortización.

 

Tipo de ayuda: La ayuda consistirá en una subvención del 35% del total de los gastos subvencionables. La subvención total minimis no puede ser superior a 200.000 euros en el ejercicio fiscal en curso y en los dos ejercicios fiscales anteriores.

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