Estimado cliente,
El 27 de diciembre de 2022 se publicó el RD 1060/2022 que modifica la forma de tramitar los partes de incapacidad temporal. La entrada en vigor de la norma será el próximo 1 de abril de 2023.
Las novedades:
– A partir del 01 de abril de 2023 los facultativos médicos ya no entregarán copia del parte de baja al trabajador enfermo para entregarlo a la empresa. Se elimina la obligación del trabajador de entregar el parte de baja a la empresa NO de notificar la misma, seguirá teniendo esa obligación.
– Será la administración quien informe a la empresa/asesoría de las bajas de los trabajadores para su trámite.