

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia de gran relevancia en materia de despido disciplinario, al rectificar su doctrina previa y declarar que, conforme al art. 7 del Convenio 158 de la OIT, no puede darse por finalizada la relación laboral por motivos disciplinarios sin ofrecer previamente al trabajador la posibilidad de defenderse de los hechos que se le imputan, salvo que ello no sea razonablemente exigible.
La sentencia declara que:
🔎 Accede al texto completo de la sentencia aquí:
Sentencia 1250/2024 del Tribunal Supremo
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