El sábado 13 de junio, ha sido publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el Decreto 8/2020, de 13 de junio, del president de la Generalitat, de regulación y flexibilización de determinadas restricciones, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, establecidas durante la declaración del estado de alarma, en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.
A través del siguiente enlace se puede acceder al texto completo, y consultar la normativa aplicable en esta fase 3 para cada uno de los sectores y ámbitos de actividad:
http://www.dogv.gva.es/datos/2020/06/13/pdf/2020_4499.pdf
No obstante, a modo de resumen, para su mejor y más rápida comprensión, adjuntamos resumen con las principales medidas adoptadas por la Generalitat Valenciana para la fase 3, que comenzó el lunes, 15 de junio de 2020:
- Se fijan aforos máximos de ocupación en
establecimientos e instalaciones del 75% a todos los efectos, frente al 50%
propuesto en la orden del Ministerio de Sanidad, y también las capacidades
máximas en actos al aire libre aumentan respecto al criterio genérico.
- La distancia social mínima pasa a ser de un
metro y medio y, en caso de que no se pueda mantener esa distancia
interpersonal de seguridad, será obligatorio el uso de la mascarilla. Así
mismo, desaparecen todas las franjas horarias.
- Desaparecen las restricciones a la libertad de
movimientos por las diferentes comarcas de Castellón, Valencia y Alicante
- Para bodas y ceremonias religiosas, el 75% del
aforo del espacio o lugar de culto; para velatorios, un máximo de 25 personas,
y para comitivas de entierro, hasta 50 personas.
- Respecto al ámbito educativo se permite la
reapertura, a partir del 19 de junio, de las escuelas infantiles de titularidad
municipal y privadas de 0 a 3 años; en Primaria, Secundaria y Bachillerato se
incluye la obligación de ofrecer tutorías presenciales a las familias y también
se introduce la realización de actividades presenciales, en grupos reducidos,
para el alumnado que se presente a las pruebas de acceso a la universidad, y en
el ámbito universitario, se retoma la actividad presencial de las prácticas
externas en las condiciones que establece el decreto.
- La ocupación interior de los comercios podrá
aumentar, a partir del lunes, hasta el 75% de su aforo; los mercadillos podrán
instalar hasta el 75% de sus puestos, y en los centros comerciales se permitirá
ocupar hasta el 75% del aforo a cada local comercial.
- Por lo que se refiere al sector de la
restauración, la hostelería y los hoteles el articulado del decreto prevé una
disminución de las restricciones en todo el territorio valenciano. Así, dentro
de los bares, cafeterías y restaurantes, se permite hasta el 75% de su aforo y
vuelve a estar autorizado consumir en la barra con la distancia de seguridad de
un metro y medio; en las terrazas, se autoriza el 100% de las mesas, con 2
metros de distancia entre ellas y sin que ninguna mesa supere las 20 personas.
También se permite la reapertura al público de discotecas y bares de ocio
nocturno, con un tercio de su aforo y sin poder bailar.
- En cuanto a los hoteles y otros alojamientos
turísticos, se reabren las zonas comunes al 75% de su aforo y la ocupación
general se eleva también a este mismo porcentaje de su capacidad legal, y la
reapertura de locales de juego y apuestas queda limitada al 50% del aforo
- Las piscinas de uso recreativo de los municipios
de la Comunitat pueden abrir con un aforo permitido de hasta el 75% de su
capacidad. También podrán abrir, en las mismas circunstancias, las piscinas comunitarias
de edificios o urbanizaciones, así como las piscinas de hoteles y alojamientos
turísticos pero no se podrán utilizar las fuentes de agua del recinto y será
necesaria una limpieza y desinfección exhaustiva en vestuarios, baños, tumbonas
y otros elementos
- Se permiten las escuelas de verano al 75% de la
capacidad habitual de la actividad, con un máximo de 250 participantes al aire
libre o de 100 en espacios cerrados, y siempre en grupos de 15 personas máximo
- En las bibliotecas, se permiten actividades
culturales y de estudio en sala hasta el 75% de su aforo y, en caso de no poder
mantener la distancia de seguridad, se utilizará la mascarilla; en los museos,
salas de exposiciones y monumentos las visitas a se amplían hasta el 75% de su
capacidad, con grupos de 20 personas máximo.
- En los cines, teatros, auditorios, circos y
espacios similares la actividad tiene autorizada una ocupación del 75% de su
aforo, y con un máximo de 800 personas cuando sean espectáculos al aire libre;
y en el caso de las actividades de las plazas de toros y otros recintos
taurinos, el límite de ocupación será del 50%, como establece el Gobierno de
España.
- Las actividades deportivas de naturaleza al aire libre, como senderismo, ciclismo, montañismo o escalada, se podrán practicar libremente dentro del territorio de la Comunitat Valenciana en grupos de hasta 50 personas.