¿Es responsable el empresario del contagio por COVID-19 de uno de sus trabajadores?
2 junio, 2020
Masca
Exoneración Ertes y Ayudas Autónomos. Covid 19
29 junio, 2020
Ver todo

¿Qué se puede hacer en la Fase 3?

El sábado 13 de junio, ha sido publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el Decreto 8/2020, de 13 de junio, del president de la Generalitat, de regulación y flexibilización de determinadas restricciones, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, establecidas durante la declaración del estado de alarma, en aplicación de la fase 3 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

A través del siguiente enlace se puede acceder al texto completo, y consultar la normativa aplicable en esta fase 3 para cada uno de los sectores y ámbitos de actividad:

http://www.dogv.gva.es/datos/2020/06/13/pdf/2020_4499.pdf

No obstante, a modo de resumen, para su mejor y más rápida comprensión, adjuntamos resumen con las principales medidas adoptadas por la Generalitat Valenciana para la fase 3, que comenzó el lunes, 15 de junio de 2020:

  • Se fijan aforos máximos de ocupación en establecimientos e instalaciones del 75% a todos los efectos, frente al 50% propuesto en la orden del Ministerio de Sanidad, y también las capacidades máximas en actos al aire libre aumentan respecto al criterio genérico.
  • La distancia social mínima pasa a ser de un metro y medio y, en caso de que no se pueda mantener esa distancia interpersonal de seguridad, será obligatorio el uso de la mascarilla. Así mismo, desaparecen todas las franjas horarias.
  • Desaparecen las restricciones a la libertad de movimientos por las diferentes comarcas de Castellón, Valencia y Alicante
  • Para bodas y ceremonias religiosas, el 75% del aforo del espacio o lugar de culto; para velatorios, un máximo de 25 personas, y para comitivas de entierro, hasta 50 personas.
  • Respecto al ámbito educativo se permite la reapertura, a partir del 19 de junio, de las escuelas infantiles de titularidad municipal y privadas de 0 a 3 años; en Primaria, Secundaria y Bachillerato se incluye la obligación de ofrecer tutorías presenciales a las familias y también se introduce la realización de actividades presenciales, en grupos reducidos, para el alumnado que se presente a las pruebas de acceso a la universidad, y en el ámbito universitario, se retoma la actividad presencial de las prácticas externas en las condiciones que establece el decreto.
  • La ocupación interior de los comercios podrá aumentar, a partir del lunes, hasta el 75% de su aforo; los mercadillos podrán instalar hasta el 75% de sus puestos, y en los centros comerciales se permitirá ocupar hasta el 75% del aforo a cada local comercial.
  • Por lo que se refiere al sector de la restauración, la hostelería y los hoteles el articulado del decreto prevé una disminución de las restricciones en todo el territorio valenciano. Así, dentro de los bares, cafeterías y restaurantes, se permite hasta el 75% de su aforo y vuelve a estar autorizado consumir en la barra con la distancia de seguridad de un metro y medio; en las terrazas, se autoriza el 100% de las mesas, con 2 metros de distancia entre ellas y sin que ninguna mesa supere las 20 personas. También se permite la reapertura al público de discotecas y bares de ocio nocturno, con un tercio de su aforo y sin poder bailar.
  • En cuanto a los hoteles y otros alojamientos turísticos, se reabren las zonas comunes al 75% de su aforo y la ocupación general se eleva también a este mismo porcentaje de su capacidad legal, y la reapertura de locales de juego y apuestas queda limitada al 50% del aforo
  • Las piscinas de uso recreativo de los municipios de la Comunitat pueden abrir con un aforo permitido de hasta el 75% de su capacidad. También podrán abrir, en las mismas circunstancias, las piscinas comunitarias de edificios o urbanizaciones, así como las piscinas de hoteles y alojamientos turísticos pero no se podrán utilizar las fuentes de agua del recinto y será necesaria una limpieza y desinfección exhaustiva en vestuarios, baños, tumbonas y otros elementos
  • Se permiten las escuelas de verano al 75% de la capacidad habitual de la actividad, con un máximo de 250 participantes al aire libre o de 100 en espacios cerrados, y siempre en grupos de 15 personas máximo
  • En las bibliotecas, se permiten actividades culturales y de estudio en sala hasta el 75% de su aforo y, en caso de no poder mantener la distancia de seguridad, se utilizará la mascarilla; en los museos, salas de exposiciones y monumentos las visitas a se amplían hasta el 75% de su capacidad, con grupos de 20 personas máximo.
  • En los cines, teatros, auditorios, circos y espacios similares la actividad tiene autorizada una ocupación del 75% de su aforo, y con un máximo de 800 personas cuando sean espectáculos al aire libre; y en el caso de las actividades de las plazas de toros y otros recintos taurinos, el límite de ocupación será del 50%, como establece el Gobierno de España.
  • Las actividades deportivas de naturaleza al aire libre, como senderismo, ciclismo, montañismo o escalada, se podrán practicar libremente dentro del territorio de la Comunitat Valenciana en grupos de hasta 50 personas.
Compartir:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *