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Las obligaciones fiscales de las comunidades de propietarios

Las obligaciones de las comunidades de propietarios

La nueva obligación tributaria se recoge en el Real Decreto 828/2013, publicado en el BOE el pasado 26 de octubre. En el texto, se determina que las comunidades de bienes en régimen de propiedad horizontal deberán presentar la declaración de operaciones con terceras personas modelo 347.

Esta obligación tributaria se extiende a todas las comunidades de propietarios que no desarrollen ningún tipo de actividad empresarial, pero sí realicen operaciones con terceros durante el ejercicio que hayan superado los 3.005,06 euros. El modelo 347 ha de ser presentado durante el mes de febrero de 2016 y se corresponderá con los datos contables de 2015.

Las operaciones no se referirán en ningún caso a la compra de los suministros de energía eléctrica o combustibles que se usen para el consumo comunitario. Tampoco han de hacerlo por los suministros de agua y los seguros que tengan por finalidad el aseguramiento de bienes de zonas y elementos comunes.

En los casos en que la comunidad lleve a cabo el ejercicio de actividades económicas, tales como el arrendamiento de espacios comunes (la azotea para la colocación de una antena, la fachada para la colocación de un anuncio publicitario, el alquiler de un local común,…), además de cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas con el IVA, también tendrán que informar a la Hacienda Pública, mediante el modelo 184, de la parte de los ingresos de esas actividades económicas que corresponde a cada copropietario, en proporción a la cuota de participación que cada uno de ellos tengan en la comunidad.

De igual forma, si la comunidad contrata los servicios de algunos autónomos que estén en régimen de estimación objetiva (albañiles, fontaneros, electricistas) es obligatorio practicar una retención del 1% de la base imponible de la factura, estas retenciones que se practiquen deberán de ingresarse en la Hacienda Pública de forma trimestral y el oportuno resumen anual sobre retenciones e ingresos a cuenta del ejercicio.

El Consejo General de los Colegios de Administradores de Fincas ha iniciado una campaña informativa dirigida a la ciudadanía para que todas las comunidades de propietarios puedan cumplir esta obligación. Este organismo elogia la medida como herramienta contra el fraude fiscal.

En Joares Consultores estamos a su disposición para resolver cualquier duda. Gracias

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